Más derechos sindicales para condiciones laborales justas y dignas
Coordenação-Geral de Observação da Terra/INPE Salar de Atacama, Chile, https://www.flickr.com/photos/observacao-da-terra/44430132595/

Tras la última reforma laboral que entró en vigencia el 1 de abril de 2017, legado del segundo Gobierno de Michelle Bachelet, las y los trabajadores organizados teníamos la esperanza de que el sindicalismo se fortaleciera con el propósito de un mejor bienestar para la fuerza laboral del país. También pensábamos que la tasa de sindicalización nacional aumentaría, pues el objetivo de esta reforma era equilibrar las fuerzas entre empleadores y las y los trabajadores. Sin embargo, y pese a los evidentes esfuerzos por lograr “equiparar la cancha”, el escenario no ha tenido mayores transformaciones y la tasa de sindicalización se ha mantenido en torno a un 20%.

Según los últimos datos estadísticos de la Dirección del Trabajo (DT) al año 2021, la población afiliada a algún sindicato corresponde a 1.201.404 personas de 11.870 sindicatos activos (también hay 2.356 asociaciones). Ese mismo año, el Instituto Nacional de Estadística (INE) informó que la población ocupada en Chile (trabajando) superaba las 8.600.000 personas.

Ante esto nos preguntamos, si se ha avanzado en leyes que buscan fortalecer el sindicalismo, ¿por qué existe aún un recelo a sindicalizarse? Obviando las características particulares que puedan tener las organizaciones y sus dirigencias, ¿será que aún no tenemos una base sólida de normativas que garanticen y protejan realmente a las y los trabajadores al momento de, por ejemplo, negociar o ejercer su derecho a huelga? Y aquí nos gustaría detenernos, porque creemos firmemente que hoy en la construcción de una Nueva Constitución para Chile, es fundamental generar esas garantías y esa seguridad para no sentirse amenazados de perder nuestros empleos cuando queremos condiciones laborales justas y dignas para todas y todos.

Cuando nos hablan de economía, del crecimiento del país o del PIB alcanzado, siempre se busca una comparación con otros países de la región y con los pertenecientes a la Ocde, sin embargo, en materia de derechos laborales y sindicales, estamos muy lejos de igualarnos a estos últimos. Si bien, ahora con la ley aprobada y promulgada hace sólo unas semanas que reduce la jornada laboral en 40 horas el país está avanzando, todavía se está haciendo a pasos muy lentos.
Existen deudas gigantescas con las y los trabajadores de Chile. El modelo constitucional de 1980 mira muy de lejos los derechos que son fundamentales para cualquier país, su productividad y desarrollo: el derecho al trabajo y la libertad sindical. En este contexto, estamos en una situación muy precaria, ya que las escuálidas normas labores desde ahí esgrimidas, tienden a favorecer los intereses de quienes las diseñaron y no de quienes debieran ser sujeto de derechos, es decir, las y los trabajadores.

Solo basta mirar el derecho a huelga, normado y condicionado a favorecer a las empresas y empleadores, haciéndola ver más como una amenaza que como un derecho de las y los trabajadores para generar mejores condiciones.

Sindicalizadas, movilizadas y unidas

En 1928, bajo el primer gobierno de Carlos Ibáñez del Campo, cuando se instaura en el país el concepto de auxilio escolar al crear la Dirección General de Educación Primaria y las Juntas Comunales de Auxilio Escolar, para promover la alimentación escolar, y ya en 1964 se crea por la Ley la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB). Sin embargo, fue recién en la década de los ’80 cuando este servicio comenzó a externalizarse mediante privados para la entrega de prestaciones.

Desde esa época a la actualidad, la alimentación escolar es desarrollada por trabajadoras contratadas por empresas privadas que postulan en licitaciones públicas para la ejecución del Programa de Alimentación Escolar de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. Este nuevo sistema de trabajo llevó a la precarización de las condiciones laborales de un sector laboral mayormente feminizado; si es que no es completamente desarrollado por mujeres.

Salarios bajo el mínimo, con contratos que sólo abarcaban de marzo a diciembre y con una alta rotación hicieron que muchos de los derechos de las Trabajadoras Manipuladoras de Alimentos se vieran vulnerados. Los sueldos no reflejaban el esfuerzo y la importancia de la labor que se estaba desarrollando y se desarrolla en la actualidad, los contratos por periodos fijos generaban pérdidas remuneracionales y lagunas previsionales que precarizaban aún más las futuras pensiones para las trabajadoras del sector. Esto sumado a la alta rotación generaba que no existiera una real relación laboral, lo que les permitía a las empresas evitar el pago por años de servicios.

Una situación injusta e indigna por donde se le viera. Muchas de las mujeres del rubro son jefas de hogar o la principal fuente de ingresos de sus familias, pero una vez más, dado la precariedad que se estaba viviendo eran mujeres desprotegidas, vulneradas en sus derechos y con un Estado, que dado su Constitución y sus leyes, no estaban garantizando un mejor bienestar.

¿Qué tuvimos que hacer entonces? Organizarnos, unirnos para poder enfrentar este escenario y luchar por la dignidad y el valor de nuestro trabajo. Así, hace 40 años comenzaron a nacer los sindicatos de Trabajadoras Manipuladoras de Alimentos. El primero se formó en Iquique.Actualmente somos 5 federaciones (Femach, Femai, Unama, Umafech, Fenasim PAE – PAP) y una Confederación (Confetrap) las que conformamos la red de trabajadoras Manipuladoras de Alimentos organizadas, teniendo una afiliación del 95% de las trabajadoras del sector en el país.


Sin lugar a duda, el reforzar nuestros lazos, el configurar demandas comunes, el conocer nuestras realidades y luchar en torno a una institucionalidad como lo es el sindicato ha hecho que podamos caminar juntas en las mejoras de nuestras condiciones laborales. Claramente aún queda mucho por avanzar, pero el hecho de fortalecernos y movilizarnos juntas ha permitido que podamos instalar nuestras demandas en la agenda pública y política.

El sindicalismo ha sido nuestra ventana de oportunidad para ir inyectándole dignidad y el valor que se merece nuestra labor. Así también hemos generado un mejor bienestar a miles de mujeres trabajadoras.

Es así como mediante la organización sindical fuimos logrando avances con la Ley N° 20.338 (2008) y la Ley N° 20.787 (2014). La primera incorporó una norma que obliga a la contratación por los meses de diciembre, enero y febrero, sin embargo, lo establece para las licitaciones futuras, quedando fuera las licitaciones que se encontraban en curso, algunas de ellas hasta por 5 años.


También estableció normas para el despido por necesidades de la empresa cuando se aplica a trabajadoras manipuladoras que tienen más de 6 meses de antigüedad laboral y son despedidas antes de febrero de cada año.
Para los contratos indefinidos, por el periodo que dura la licitación en caso de contratos a plazo fijo, estableció que si hubo prestación de servicios continuos por 6 meses no podrá ponerse término en los meses de diciembre, enero y febrero, prorrogándose el contrato.

Las bases de licitación fijan un piso mínimo de remuneración, el cual puede ser mejorado por oferta individual de la empresa, o por instrumentos colectivos firmados entre las organizaciones sindicales y las empresas.

Todo esto no hubiese sido posible sin la organización y el compromiso de las trabajadoras sindicalizadas y movilizadas.
Y seguimos trabajando con la misma fuerza, ahora, para que se nos reconozcan las enfermedades que se producen por el trabajo ejercido, como son el llamado “manguito rotador”, el espolón, la artritis, artrosis, entre otras, que, al no estar en la Ley, su recuperación tiene que ser financiadas por las trabajadoras.

Derechos sindicales = menos precarización

Lo que hemos expuesto anteriormente es un ejemplo de cómo la organización sindical puede ser una vía para avanzar hacia menos precarización laboral que afecta mayormente a las mujeres trabajadoras.


Por lo mismo, consideramos que la Nueva Constitución que se está diseñando, y que a fines de este año se someterá a un plebiscito ratificatorio, debe contemplar estas realidades y debe tener como principios fundamentales el derecho al trabajo decente y la libertad sindical (tal como lo expone también la Organización Internacional del Trabajo – OIT).

Derechos como que los sindicatos puedan participar en las decisiones de la empresa, derecho a la libertad sindical, derecho a la negociación colectiva y ramal y el derecho a una huelga efectiva para todas y todos los trabajadores, sin excepción, permitirá –según nuestra opinión– que las y los trabajadores puedan salir del individualismo de sus derechos laborales y construir entornos solidarios y colectivos, que permitan avanzar en comunidad y de manera conjunta en mejores condiciones a través de los sindicatos.

Garantizar estos principios son fundamentales para “equiparar la cancha” entre empleadores, trabajadores y trabajadoras. Son fundamentales para avanzar por medio del diálogo y la negociación hacia una nueva relación laboral que procure el bienestar y las buenas condiciones de trabajo de la fuerza de laboral y un rendimiento productivo de las empresas y/o servicios.

*Alejandra Muñoz, presidenta y Gisel Valenzuela, secretaria general de la Confederación de Trabajadoras del Programa Alimentación Escolar (CONFETRAP)

Información adicional

Autor/a: Alejandra Muñoz y Gisel Valenzuela
País: Chile
Región: Suramérica
Fuente: Periódico Le Monde diplomatique, Chile
El Diplo We would like to show you notifications for the latest news and updates.
Dismiss
Allow Notifications