Para Enrique Peñalosa la Bogotá ideal plasmada en el Plan de Ordenamiento Territorial –POT– vigente, es la ciudad de mercado. Ahora, la Secretaría Distrital de Planeación –SDP– radicó el 2 de mayo ante el Concejo de Bogotá, un proyecto de Plan que transcurridos sesenta (60) días, podrá aprobarlo. En caso de rechazo, el alcalde tendría que adoptarlo por decreto (Artículo 26. Ley 388 de 1997). No hay claridad sobre el modelo de ciudad que está detrás del POT, ¿una modificación solo normativa o, desde el 2000, hace falta una nueva propuesta de ordenamiento?
La ciudad ha cambiado drásticamente en los últimos 13 años. Metrovivienda no generó el suelo para la Vivienda de Interés Sosical –VIS– y para la Vivienda de Interés Prioritario –VIP– requerida y la ciudad sigue creciendo de modo informal (pasamos de contar con 1.365 barrios de origen informal en el 2000 a 1.673 en 2013 (SDP), el mercado no produce la VIS y VIP que son requeridas y privilegia el uso del suelo en su poder para el desarrollo de proyectos comerciales y de vivienda de altas rentas.
Con la herencia del POT aún vigente, con nombre propio (Peñalosa), la ciudad se expande indefinidamente. segrega la vivienda para la población de más bajos ingresos, que ocupa las áreas de expansión indistintamente de su condición ambiental, propende por la apropiación del suelo en favor del interés particular, y protege que la renovación urbana ha de ser agenciada por grandes capitales, entre otros aspectos. Hace falta entonces, un verdadero balance del POT después de 12 años. ¿Qué se cumplió, qué cambio y para dónde debemos encaminar el rumbo del territorio de la ciudad?
Al día, el POT evade los grandes conflictos territoriales presentes y futuros como son el agotamiento del área del basurero de Doña Juana, la imposibilidad de eliminar las explotaciones mineras dentro de la urbe, la no disposición de suelo urbanizable para la VIS y VIP, los efectos ambientales, sociales y económicos derivados de la profundización del modelo de ciudad basada en el mercado, y los proyectos con respecto a la ampliación de Bogotá sobre los municipios próximos a la ciudad, la expulsión de población de territorios consolidados en los cerros orientales y barrios próximos al centro de la ciudad, la crisis del modelo de agrupación y propiedad horizontal, entre otros.
La segregación socioeconómica y espacial de la ciudad se amplía, con un desarrollo predio a predio, ahora, bajo el ropaje de los planes parciales. La movilidad en la ciudad está colapsada con el uso exclusivo de Transmilenio. Asimismo, el suelo urbanizable disponible está acaparado por los promotores inmobiliarios y los constructores, y la ciudad se ha dispuesto solo para atender los llamados proyectos u operaciones estratégicas para el mercado y los capitales transnacionales (Aeropuerto El Dorado, Innovo, Ciudad Salud, Nuevo Usme).
Estamos ante una ciudad que no mira a la región sino que le compite. El fracaso de los instrumentos de gestión urbana y del suelo (plusvalías, curadurías urbanas, etcétera.) salta a la vista, y la no atención a las demandas de la población en condición de desplazamiento forzado que han llegado a la ciudad, representa uno de cada diez habitantes de la ciudad.
Bogotá y la administración ante los cambios drásticos
El discurso del alcalde Petro es diferente en aspectos centrales: Frente a los hechos que defiende Peñalosa, son dos modelos de ciudad contrapuestos:
Una ciudad compacta en el centro ampliado fortaleciendo las prácticas de redensificación urbana, apostando por un modelo más denso y compacto sin evaluar los impactos que ya dejó la densificación en sectores de la ciudad como Cedritos.
La preparación de la ciudad para afrontar los cambios climáticos a través de la reducción de la vulnerabilidad mediante su adaptación y mitigación.
La ampliación e integración de los modos de transporte y movilidad en la ciudad (SITP, metro, tranvía, cables).
Una ciudad incluyente que permita a la población de bajos ingresos vivir en el centro ampliado, combinando la mezcla de usos, el acceso al transporte y los servicios urbanos. Así mismo, se plantea la simplificación normativa para eliminar 112 decretos de UPZ, 17 acuerdos de planes maestros, los decretos 159/04 y 333/10, los remanentes de los acuerdos 7/79 y 6/90 y cuanta norma previa preceda para dejar un único instrumento normativo, el nuevo POT.
Esta capital no es una ciudad nueva, por tanto, su planificación y ordenamiento no pueden partir de cero, sino que deben reconocer las preexistencias en el territorio; una ciudad con un alto nivel de consolidación. Así mismo, no se puede seguir pensando la ciudad como si esta fuese plana, ya que una gran parte de su área está sobre la ladera, de modo particular, son las zonas que la gente ha autoproducido. También, la ciudad debe plantearse límites. Como tales, no se trata que no crezca más de modo horizontal, asimismo, el crecimiento vertical indiscriminado es nocivo, la densificación tiene términos y estos los establecen las condiciones de sostenibilidad y no el tamaño de las chequeras.
Es claro que las discusiones y decisiones en torno al POT propuesto son fundamentales, construirán el rumbo desde la administración de la ciudad para los próximos 12 años (hasta 2025).
No es casual, por tanto, que la ciudad demande de un nuevo POT, legible, para el conjunto de sus habitantes, en cuya materia esta administración tiene equivocaciones, con el agravante de la reiterada práctica de inexistencia de una verdadera participación ciudadana o, la acostumbrada pretensión de que la participación en estos escenarios tan sólo deba servir para legitimar las apuestas de la administración distrital. Por tal razón, como parte de las grandes expectativas sobre la nueva propuesta de ordenamiento territorial para la ciudad, los habitantes y sus organizaciones están inquietos sobre los postulados de la administración.
Son muchos los aspectos no planteados que los moradores de los territorios conocen y que reclaman discusión, análisis y consideración de otras alternativas al ordenamiento territorial de Bogotá. Esta ciudad necesita de la formulación de un nuevo POT. Una nueva versión de éste debe ser una visión y producción concertada con aquellos a quienes se pretende beneficiar, los habitantes de Bogotá, y no de espaldas a los intereses mayoritarios de la ciudad, como desafortunadamente viene sucediendo.
* Arquitecto y Magíster en urbanismo. Doctor en arquitectura y ciudad, y candidato a Doctor en urbanismo. Profesor Asociado Universidad Nacional de Colombia. Escuela de Arquitectura y Urbanismo. catorrest@unal.edu.co
El POT y los desafíos al modelo de ciudad
La SDP aduce que el modelo de ciudad no cambia, que requeriría solo una modificación normativa. ¿Por qué, cuando la ciudad requiere ser repensada y proyectada de manera colectiva? Dado que el POT formuló en el año 2000 otras condiciones urbanas, bajo otra visión y modelo de ciudad, si el Concejo no cumple con el plazo de aprobación, estaría en manos del alcalde formular después de 13 años, un nuevo y verdadero POT; construido desde quienes habitan el territorio. No se trata de decidir si es una revisión ordinaria o una extraordinaria. Esa no es la discusión fundamental. La dimensión de los proyectos, las complejidades territoriales, los grandes conflictos y problemas territoriales que están presentes en Bogotá, reclaman la definición de un nuevo para el futuro de esta ciudad.
El proyecto “Por el cual se modifican excepcionalmente las normas urbanísticas del POT de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones” entró al Concejo, después de la aprobación y revisión por vía de decreto del POT que rige*. Fue bajo la administración de Enrique Peñalosa cuando se aprobó el POT vigente, con un modelo de ciudad antagónico al que busca la actual administración. Por ello, no es claro que la iniciativa en curso resuelva simplemente un ajuste normativo y no un nuevo POT. La SDP considera que las modificaciones “normativas” propuestas tienen por objeto “…asegurar la consecución de los objetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo definidas en los componentes General y Urbano del POT” (art. 15 ley 388/97, art. 1 ley 902/04, Dec. Nac. 4002/04), y por tanto, no es una modificación estructural.
La Ley 388 de 1997 establece que todos los municipios colombianos deben formular Planes de Ordenamiento Territorial, con una vigencia de largo plazo frente al contenido estructural “… mínima de tres períodos constitucionales de las administraciones municipales” (artículo 28). Según el mismo decreto, el contenido urbano de mediano plazo, es vigente por un mínimo de dos períodos constitucionales de las administraciones; y, los de corto plazo y los programas de ejecución regirán como mínimo durante un período constitucional de la administración municipal.
* (Decreto Distrital 619 de 2000, revisado por el Decreto Distrital 469 de 2003, y compilado por el Decreto Distrital 190 de 2004)